There Is No Such Thing As A Second Impression.
Don’t miss anything. Follow Us.
TELÉFONO:
+34 615686289
SÍGUENOS:
Top

Nueva convocatoria Tanatopraxia

Primera convocatoria del 2021 para optar a la acreditación de competencias de Tanatopraxia.

¿Quién convoca la acreditación?

La convocatoria ha sido realizada por la Generalitat de Catalunya

¿Qué plazos hay para realizar mi solicitud?

El plazo de presentación de la solicitud de preinscripción será del 25 de enero al 31 de marzo de 2021.

¿Cómo presento mi solicitud?

Las personas interesadas deben presentar telemáticamente la solicitud de preinscripción y adjuntar la documentación justificativa. Si alguna persona quiere presentarse a más de un ámbito, deberá presentar la solicitud para los otros ámbitos con una petición genérica.

¿Cuáles son los requisitos para participar en la acreditación?

Para participar en la evaluación y la acreditación, los candidatos deben cumplir los siguientes requisitos:
  1. Tener la nacionalidad española o uno de los siguientes documento:
    • certificado de registro de ciudadanía comunitaria,
    • tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea,
    • autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor,
    • solicitud de protección internacional prevista en el artículo 16 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
  2. Tener 18 años para las unidades de competencia de nivel 1 o 20 años para las unidades de competencia de nivel 2 y 3.
  3. Tener experiencia laboral (como trabajador asalariado, autónomo, voluntario o becario) o haber hecho formación, relacionadas con las competencias profesionales que se quieren acreditar. Concretamente hay (en los últimos 10 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de preinscripción:
    • Para unidades de competencia de nivel 1, 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total o haber hecho al menos 200 horas de formación.
    • Para unidades de competencia de nivel 2 y 3, 3 años de experiencia laboral con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total o haber hecho al menos 300 horas de formación.
A pesar de disponer de los requisitos, no pueden participar en la convocatoria las personas que ya tienen acreditadas las unidades de competencia en las que se quieren presentar o disponen de un título de enseñanzas profesionales o de un certificado de profesionalidad que las contiene.
Tampoco pueden participar aquellas personas que estén inscritas, para las mismas calificaciones profesionales, a otras convocatorias de evaluación y acreditación de competencias profesionales que aún no hayan finalizado.

¿Cuáles son los criterios de ordenación para optar a la acreditación?

A las personas que tengan los requisitos de participación se les asigna plaza en uno de los centros participantes siguiendo la orden de presentación de las solicitudes de preinscripción.

Para la asignación de una plaza se tiene en cuenta el ámbito escogido, la distribución territorial de los centros participantes y el municipio que ha indicado la persona candidata en la solicitud de preinscripción.

En caso de que no haya plazas vacantes, las personas candidatas permanecerán en la lista de espera del centro asignado.

¿Qué documentación tengo que aportar?

Para justificar que se cumplen los requisitos de participación hay que disponer de la documentación siguiente:

a) Trabajadores asalariados

  1. Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (Informe de vida laboral), del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad, en su caso, donde conste la empresa, el grupo de cotización, y el periodo de contratación.
  2. Certificado de la empresa o las empresas donde se ha adquirido la experiencia laboral relacionada con la competencia o las competencias que se quieren acreditar. Debe constar la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo que ha durado la actividad.
  3. También se puede presentar el contrato de trabajo (siempre que la categoría laboral coincida con las tareas desarrolladas) pero es preferible entregar el certificado de empresa mencionado para que se identifique sin duda que se justifican las tareas relacionadas con la unidad o las unidades de competencia que se quieren acreditar.

b) Trabajadores autónomos o por cuenta propia

  1. Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (Informe de vida laboral) o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
  2. Declaración que contenga al menos el nombre, apellidos, NIF, la firma, una descripción de la actividad que se ha ejercido relacionada con la competencia o las competencias que se quieren acreditar y el intervalo de tiempo en que se ha llevado a cabo.
  3. Documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

c) Personas que han cursado formación no formal

Certificados o diplomas de formación no formal relacionada con la competencia o las competencias que se quieren acreditar donde consten las horas de formación, los contenidos y el período de la formación.

 

Fuente: http://acreditat.gencat.cat/es/convocatories/2021/

 

Escribir un comentario

Iniciar Chat
¿Necesitas ayuda?
Hola, ¿En qué podemos ayudarte?